🔴La propuesta del PSOE sobre la creación de un registro de proveedores en relación con los contratos menores se APRUEBA en el Pleno del Ayuntamiento de Alcantarilla.

A continuación, se puede leer la moción aprobada:

MOCIONES DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA AL PLENO DE FEBRERO DE 2022

CREACIÓN DE UN REGISTRO DE PROVEEDORES EN RELACIÓN CON LOS CONTRATOS MENORES

Conforme se establece en el art.118.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, “se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros cuando se trate de contratos de suministro o de servicios”.

La justificación de la existencia de los contratos menores se ha asentado históricamente en motivos que buscan propiciar agilidad en la contratación administrativa, si bien esta razón no puede amparar el uso abusivo de esta figura contractual que, a pesar de ser legal, debe ser utilizada de manera excepcional e introduciendo mecanismos que, en la medida de lo posible, faciliten la libre concurrencia, así como la obtención de la mejor oferta en términos económicos y de eficiencia en la utilización de los fondos públicos.

La rapidez y la simplificación administrativa no pueden justificar la opacidad y el uso indebido de dinero público. Para alcanzar cotas más elevadas de transparencia y buen gobierno en la contratación pública, desde el Grupo Municipal Socialista proponemos la creación de un registro público de Proveedores para llevar a cabo los contratos menores en el Ayuntamiento de Alcantarilla, con el fin de facilitar que las empresas interesadas en contratar con el Consistorio puedan acceder a la información de los contratos ofertados, concurrir a las licitaciones y realizar ofertas en concurrencia competitiva.

De este modo, esta iniciativa contribuiría a mitigar el riesgo evidente de que reiterativamente se adjudiquen los contratos a las mismas empresas, generando relaciones contractuales cuasi clientelares que se acercan más a las prácticas corruptas que a los principios que deben inspirar el buen gobierno en el Ayuntamiento de Alcantarilla.

Para la puesta en marcha de este Registro de Proveedores deberá aprobarse, asimismo, un reglamento específico cuya propuesta se llevará a cabo en el seno de la Comisión Informativa de Contratación. Por todo lo expuesto, el grupo municipal socialista presenta para su debate y aprobación el Pleno, los siguientes

ACUERDOS:

  1. Creación del Registro de Proveedores del Ayuntamiento de Alcantarilla para la celebración de contratos menores con transparencia, publicidad y concurrencia competitiva.
  2. Realización de la propuesta de Reglamento que regule el mencionado Registro por parte de la Comisión Informativa de Asuntos Económicos y Organizativos

Otra de las mociones presentadas en el Pleno del mes de Febrero, y que también va en la línea de mejorar en transparencia, es la de introducir cláusulas éticas en los pliegos de contratación.

Esta moción ha sido RECHAZADA por el Equipo de Gobierno del Partido Popular:

INTRODUCIR CLÁUSULAS ÉTICAS EN LOS PLIEGOS DE CONTRATACIÓN

Conforme establece el art. 64 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), “los órganos de contratación deberán tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores”.

El apartado segundo del citado artículo recoge que “el concepto de conflicto de intereses abarcará, al menos, cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitación”.

Por último, la LCSP determina que “aquellas personas o entidades que tengan conocimiento de un posible conflicto de interés deberán ponerlo inmediatamente en conocimiento del órgano de contratación”.

Por todo lo anterior, resulta fundamental la implementación de una serie de medidas que redunden en el incremento de la transparencia y buen gobierno en la contratación efectuada por el Ayuntamiento de Alcantarilla, de tal manera que sea un instrumento útil para fortalecer la política de lucha contra el fraude y la corrupción en la actividad municipal.

En este sentido, la introducción de cláusulas éticas en los Pliegos de Condiciones Administrativas, de obligado cumplimiento para los candidatos en los procesos de licitación y para los contratistas, sería un mecanismo más para asegurar y fomentar la integridad en los procesos de contratación municipales.

Para ello, se establecería una “Cláusula Ética Tipo” que constituya un código ético a integrar en todos los pliegos de condiciones, en la que se incorpore como mínimo un modelo de declaración de compromiso de los licitadores y contratistas con el principio de integridad contractual, asumiendo que su participación en el procedimiento será competitiva, absteniéndose de realizar prácticas colusorias que impidan la libre competencia concertándose con otros licitadores, y garantizando la comunicación obligatoria sobre los conflictos de intereses que pudiese conllevar su participación.

Además, esta cláusula supondría la introducción de condiciones especiales de ejecución que exijan un comportamiento íntegro de los contratistas durante toda la vida del contrato.

Por todo lo expuesto, el grupo municipal socialista presenta para su debate y aprobación el Pleno, el siguiente

ACUERDO:

1. Establecer como buena práctica municipal de transparencia y buen gobierno de los órganos de contratación del Ayuntamiento de Alcantarilla, la introducción de una “Cláusula Ética Tipo” a modo de código ético en todos los contratos municipales, en la que se incorpore como mínimo el contenido propuesto en la presente moción, siendo de obligado cumplimiento tanto para los candidatos en los procesos de licitación como para los contratistas durante toda la vigencia del contrato.